Si la caravana tiene una masa máxima autorizada inferior o igual a 750 kilos, no es necesaria su matriculación.
La caravana es todo un clásico del verano ya que ofrece libertad de movimiento, aumento en la capacidad de carga, ahorro y flexibilidad para transportar mayor número de objetos que en un vehículo tradicional. Además, le permitirá transportar cargas poco habituales y su conducción no es tan difícil como parece. Eso sí, hay que tener en cuenta unos cuantos puntos importantes para poder conducir este tipo de carga. Según la normativa española, las caravanas son un tipo de remolque, por lo que el contexto reglamentario afectará tanto a las propias caravanas como al resto de remolques.
¿Qué necesito para poder transportar una caravana?
Para poder conducir un vehículo acompañado de una caravana, hay que cumplir los siguientes requisitos:
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La autorización 96 requiere la realización de un examen práctico.
- Además, si la caravana tiene una masa máxima autorizada inferior o igual a 750 kilos, no es necesaria su matriculación. Por el contrario, si supera los 750 kilos será necesario acudir a la Jefatura de Tráfico para matricularlo.
Igualmente, hay que tener en cuenta un último elemento para nuestro viaje: el seguro. Solo si la masa máxima autorizada de la caravana es inferior o igual a 750 kilos no es necesario asegurarlo, pero por el contrario, si supera esa cifra, habrá que contratar un seguro extra para la caravana en cuestión.
¿Qué debe hacer con su vehículo?
Hay que asegurarse de que el vehículo en el que va a viajar cumple las condiciones necesarias para poder arrastrar una caravana. Para ello, compruebe en la ficha técnica del vehículo la masa máxima remolcable, así como el peso que puede soportar detrás, ya que no todos los vehículos son aptos para poder cargar con una caravana.
Además, para poder arrastrar una caravana necesitará añadir un enganche en la parte trasera del vehículo. Esta operación necesita –además de la instalación en un taller– legalizarse pasando por la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) quien, en caso de superar la inspección, anotará la reforma en la tarjeta ITV del vehículo
¿A qué velocidad debo circular?
En cuanto a la velocidad, el Reglamento de Circulación indica en su artículo 48 las máximas que no deberán ser rebasadas:
- En autopistas y autovías, el límite de velocidad para un vehículo con una caravana de menos de 750 kilos es de 90 km/h y de mas de 750 kilos es de 80 km/h.
- En carreteras convencionales, el límite de velocidad para todos los vehículos es de 80 km/h, aunque en las vías fuera de poblado es de 70 km/h.
- En centros urbanos, el límite de velocidad es de 50 km/h.
Finalmente, tenga en cuenta que estamos conduciendo un vehículo de mayor longitud por lo que a la hora de adelantar es necesaria una mayor distancia entre los vehículos y una maniobra más larga. Asimismo, es aconsejable el uso de marchas cortas cuando el vehículo se encuentre en pendientes: esto beneficiará la seguridad de los pasajeros y hará que el motor no se dañe.
Desde Arval Responde, compañía de movilidad del grupo BNP Paribas, recuerdan que los únicos lugares permitidos para la acampada son los campings o zonas habilitadas específicamente para pasar la noche. Todos estos consejos son para que el conductor circule con la mayor precaución posible pero también para que el viaje vaya sobre ruedas.
Normas de uso y reglamentaciones para los vehículos con caravanas:
- Estacionamiento máximo permitido: 48 horas.
- Prohibido sacar cualquier tipo de objetos como sillas o mesas ya que se consideraría acampada.
- Debe mantener el área de estacionamiento y acampada en perfecto estado de limpieza.
- El sistema de vaciado de aguas grises (provenientes de ducha, lavabo y fregadero) debe realizarse mediante una válvula o grifo.
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Prohibida la limpieza del vehículo en el área de servicio.
Fuente: DGT